Guías prácticas sobre IRPF, IVA y deducciones para autónomos en España.
Ser autónomo en España implica hacer frente a tres frentes fiscales al mismo tiempo: el IRPF, el IVA y la Seguridad Social. Una combinación que convierte al autónomo en uno de los contribuyentes con mayor carga fiscal del país, especialmente en los tramos de ingresos medios y altos.
Entender cómo funciona cada impuesto, qué gastos son deducibles y qué regímenes especiales existen es el primer paso para no pagar de más. Desde el modelo 130 del IRPF trimestral hasta las deducciones por inversión o el análisis de si conviene dar el salto a sociedad — cada decisión fiscal tiene un impacto directo en lo que queda en tu bolsillo a final de año.
En estas guías encontrarás información práctica y actualizada sobre la fiscalidad del autónomo en España. Y si quieres analizar tu situación concreta, en Nómadas Fiscales España diseñamos la estrategia fiscal adaptada a tu caso.
Un autónomo en España tiene tres frentes fiscales principales: el IRPF (que tributa por sus rendimientos netos de actividad), el IVA (que recauda de sus clientes y liquida trimestralmente con Hacienda) y las cotizaciones a la Seguridad Social. A diferencia de un asalariado, el autónomo gestiona y paga directamente cada uno de ellos.
El autónomo tributa en IRPF por el rendimiento neto de su actividad — es decir, ingresos menos gastos deducibles. Durante el año realiza pagos fraccionados trimestrales a cuenta (modelo 130) y en la declaración anual regulariza la diferencia. El tipo efectivo depende del total de ingresos y de las deducciones aplicadas.
El modelo 130 es la declaración trimestral del IRPF para autónomos en estimación directa. Se presenta cuatro veces al año — en abril, julio, octubre y enero — e implica ingresar a Hacienda el 20% del rendimiento neto del trimestre, descontando los pagos anteriores. No todos los autónomos están obligados a presentarlo: quienes facturan más del 70% a empresas con retención quedan exentos.
Son deducibles los gastos necesarios para el desarrollo de la actividad: suministros, material, suscripciones profesionales, formación, cuotas de autónomo, seguros, vehículo (con matices), teléfono y parte proporcional del hogar si se trabaja desde casa. La clave está en que estén vinculados a la actividad, correctamente justificados y registrados contablemente.
La mayoría sí. Los autónomos que realizan actividades sujetas a IVA deben presentar el modelo 303 cada trimestre, liquidando la diferencia entre el IVA repercutido a clientes y el IVA soportado en sus gastos. Existen excepciones según el tipo de actividad — algunas están exentas de IVA, como determinadas actividades educativas, sanitarias o financieras.